Hace poco salió en los periódicos una noticia que me dejó helado. Resumiendo muy rápido. El fotógrafo Dany Virgili hace unas fotos para la empresa United Biscuits Iberia S.L. con su contrato correspondiente. United Biscuits Iberia S.L. hace uso de esas fotos fuera del plazo expuesto en dicho contrato y el fotógrafo les denuncia. El Tribunal Supremo Español falla a favor de United Biscuits Iberia S.L. alegando que «No están protegidas por el derecho de autor las meras fotografías que carecen de la creatividad suficiente para que puedan ser consideradas una obra fotográfica, que requiere una mínima altura creativa.»
Esta frase remueve todo en mi cabeza y me deja literalmente en el sitio. Yo ya me quejaba de que en la web de Cuarto Milenio usasen una foto mía sin permiso. Imagínate que denuncio y luego el juez me dice con palabras bonitas que como mi foto es chusca, una mera fotografía de vacaciones, cualquiera tiene el derecho de decidir el uso que puede darle. Entonces ¿dónde quedan ahora los derechos de autor?
Nadie tiene derecho, excepto el autor, de decidir qué se hace con las fotos que él mismo ha hecho, lógicamente con matices. Tampoco esto supone que el fotógrafo pueda hacer uso libremente de sus fotos sin tener en cuenta las personas que aparecen en ellas, especialmente si aparecen menores o desnudos. Y precisamente por eso los fotógrafos hacen contratos a sus clientes en los que esto queda muy claro, todo por escrito.
Y lo que yo me pregunto es ¿dispone el Tribunal Supremo de herramientas, conocimiento fotográfico o altura creativa como para valorar fotografías y decidir si son artísticas o no? ¿Con qué criterio? ¿No es el arte suficientemente subjetivo como para no poder decidir esto de una forma objetiva? Lo que para unos puede ser arte para otros no. Es algo que viene discutiéndose desde que el arte existe.
Y me sigo preguntando ¿Qué tiene que ver el arte con el uso comercial de unas fotos que ha creado un fotógrafo al que se le ha pagado por un trabajo? Las fotos podrían ser las peores del mundo, no ser artísticas. ¿No daría eso igual? ¿No tiene el fotógrafo el derecho de decidir el uso que se le dan?
¿Supone esto el fin de la fotografía comercial sin fines artísticos? Veo además que no soy el único que se hace estas preguntas, y es que a cualquier fotógrafo esto nos remueve por dentro. Dejo un enlace a un artículo que habla de esto y con el cual coincido al 100%. Creo que es un análisis muy acertado. En este otro artículo también llegan a conclusiones parecidas.
Estoy totalmente de acuerdo contigo. Me parece alucinante que un juez diga eso, da igual la calidad de la foto, es de tu propiedad y nadie puede utlitzarla sin permiso. Aunque sea un horror de foto.
Pues si uno no tiene potestad sobre su propio trabajo entonces qué?
Ya lo que faltaba, que alguien que probablemente no sepa nada de fotografía (puede darse el caso), dictamine si es creativa o no, y por lo tanto si su autor puede disponer de ella o no….y el autor dónde queda…
En fin Spain is different.
Alucinante. O sea que el autor no es dueño de su obra .. así nos va.